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Aguinaldo 2026: ¿cuándo se paga y cuánto te corresponde?

El aguinaldo es una prestación obligatoria en México. Conoce la fecha límite de pago, cómo calcular el monto que te corresponde y qué hacer si tu empleador no cumple.

by Ahora Veracruz
octubre 27, 2026
in Ahora+
0

Con la llegada de los últimos meses del año, las y los trabajadores comienzan a prepararse para recibir el aguinaldo 2026, una prestación establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De acuerdo con esta legislación, las personas trabajadoras tienen derecho a recibir, como mínimo, el equivalente a 15 días de salario, siempre que hayan cumplido un año de servicio. Quienes tengan menos tiempo laborando también deben recibir el pago proporcional al periodo trabajado.

Si el contrato individual o colectivo establece una cantidad superior, deberá respetarse el beneficio acordado.

¿Cuándo es la fecha límite para recibirlo?

Los empleadores deben pagar el aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre de 2026. Esta prestación no puede sustituirse por mercancías, productos ni vales de despensa, ya que debe entregarse en dinero.

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¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?

La prestación corresponde a trabajadores de base, de planta, de confianza, sindicalizados, eventuales, contratados por obra o tiempo determinado, agentes de comercio, comisionistas, vendedores y personas trabajadoras del hogar.

En cambio, quienes prestan servicios profesionales de manera independiente y cobran por honorarios, sin una relación laboral subordinada, generalmente no tienen derecho a esta prestación.

¿Qué pasa si no te lo pagan?

Los patrones que incumplan con el pago pueden enfrentar sanciones conforme a la Ley Federal del Trabajo. El artículo 1002 contempla multas de entre 50 y 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), según corresponda. La sanción no elimina la obligación de cubrir el aguinaldo pendiente.

Si no recibes el pago completo o dentro del plazo establecido, puedes solicitar orientación gratuita a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para conocer las opciones disponibles y reclamar esta prestación.

Recuerda: el aguinaldo es un derecho laboral y no una gratificación voluntaria del empleador.

(WCLS)

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